Para poder firmar la solicitud telemáticamente (si dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico) deberá tener instalado el componente Firma Dipualba (descargar aquí).
La presente solicitud constituye la iniciación del procedimiento de solicitud de expedición de la tarjeta de estacionamiento para residentes (aparcamiento regulado). La tarjeta deberá exhibirse en un lugar bien visible del parabrisas delantero.
Tendrán la consideración de residentes las personas físicas propietarias de un vehículo censado en el padrón municipal y empadronadas en inmuebles situados en las siguientes calles:
Excepcionalmente, se considerarán residentes las empresas, personas físicas o jurídicas que desarrollen su actividad en las calles señaladas y que sean propietarias de vehículos industriales, previa aportación de la tarjeta de transporte del vehículo.
Cuando se produzca un cambio de domicilio, el interesado tendrá obligación de comunicarlo al Departamento de Administración e Ingresos (Rentas) del Ayuntamiento de Hellín.
Las personas jurídicas están obligadas a presentar la solicitud a través de medios electrónicos, tal y como establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para ello se ha habilitado el correspondiente procedimiento telemático en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Hellín.
Si el solicitante dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico, puede presentar esta solicitud a través de la Sede Electrónica.
Si el solicitante no dispone de firma electrónica o DNI electrónico, podrá:
Una vez cumplimentada la firma por alguno de los medios señalados, se entenderá que el documento registrado constituye solicitud de iniciación de procedimiento administrativo en los términos del artículo 66 de la Ley 39/2015. Así pues, quedará registrado electrónicamente y no será necesario aportar la solicitud presencialmente.
La solicitud será tramitada por el departamento correspondiente quien comunicará al interesado que reúna los requisitos que se le ha concedido la tarjeta de residente. A su vez, le indicará los pasos a seguir para recoger la tarjeta acreditativa. La comunicación se enviará a la dirección de correo electrónico del interesado en caso de haber sido indicada durante el trámite y haber aceptado ser notificado electrónicamente. En otro caso, se le avisará por los medios ordinarios de comunicación.
La solicitud debe ser realizada por el interesado o por medio de un representante, legal o voluntario, que lo represente, aportando acreditación de dicha representación.
La tarjeta de estacionamiento para residentes está regulada por la ordenanza fiscal número 16 “Tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en las vías públicas municipales” (modificada por acuerdo del Ayto. Pleno de fecha 30-11-2015 y publicada en el B.O.P. número 10 de fecha 27-1-2016) del Ayuntamiento de Hellín.
Los residentes abonarán 12,53€ al año en concepto de precio del distintivo o tarjeta acreditativa de dicha condición, debiendo renovarse la tarjeta durante el mes de enero. La obligación de pago nace en el momento en que sea concedida la tarjeta de residente, debiéndose abonar la tasa antes de su expedición.
Junto a la solicitud, se deberá aportar la siguiente documentación:
Departamento de Administración de Ingresos (Rentas) - Ayuntamiento de Hellín
C/El Rabal, 1
02400 Hellín (Albacete)
Tlf: 967541500