El RD 557/2011, de 20 de abril, que aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en sus artículos:
establece que el Informe de Arraigo Social y su Integración Social y el Informe de Adecuación de Vivienda serán emitidos por la Corporación Local en la que el extranjero tenga su domicilio habitual.
En este marco normativo, se establece la competencia de los Servicios Sociales de este Ayuntamiento de Hellín en la emisión de dichos informes, para lo que se aprueba el procedimiento regulador: “Procedimiento regulador de la tramitación de informes de arraigo social y adecuación de vivienda”
Si el solicitante dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico, puede presentar esta solicitud a través de la Sede Electrónica.
Si el solicitante no dispone de firma electrónica o DNI electrónico, podrá:
Si el solicitante dispone de una dirección de correo electrónico, podrá hacerlo constar en sus solicitudes a los efectos de la tramitación de la solicitud, pudiendo tener constancia de la presentación de su solicitud y tramitación de la misma.
En la solicitud el interesado deberá marcar OBLIGATORIAMENTE la casilla en la que se recoge que ha leído y acepta las instrucciones de la tramitación.
ATENCIÓN: LEA ATENTAMENTE LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES RELACIONADAS CON LA TRAMITACIÓN DE SU SOLICITUD
Para cualquier aclaración o duda, pueden dirigirse a Servicios Sociales del Ayuntamiento de Hellín (C/ Fortunato Arias, 4), presencialmente o a través del teléfono 967541509, antes de la presentación de la solicitud.
Servicios Sociales (Ayuntamiento de Hellín)
C/Fortunato Arias, 4
02400 Hellín (Albacete)
Tlf: 967541509