La presente solicitud puede ser realizada por las personas interesadas que cumplan los requisitos según las bases de la convocatoria.
Si el solicitante dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico, puede presentar esta solicitud a través de la Sede Electrónica.
Si el solicitante no dispone de firma electrónica o DNI electrónico, podrá:
Si el solicitante dispone de una dirección de correo electrónico, podrá hacerlo constar en sus solicitudes a los efectos de la tramitación de la solicitud, pudiendo tener constancia de la presentación de su solicitud y tramitación de la misma.
Una vez cumplimentada la firma por alguno de los medios señalados, se entenderá que el documento registrado constituye solicitud de iniciación de procedimiento administrativo en los términos del artículo 66 de la Ley 39/2015. Así pues, quedará registrado electrónicamente y no será necesario aportar la solicitud presencialmente.
La presente solicitud puede ser realizada por las personas interesadas que cumplan los siguientes requisitos:
Para cualquier aclaración o duda, pueden dirigirse a Secretaría del Ayuntamiento de Hellín (C/ El Rabal, 1), presencialmente o a través del teléfono 967541500, antes de la presentación de la solicitud.
El Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores para la obtención de los permisos de conducción antes señalados y por el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.
Secretaría (Ayuntamiento de Hellín)
C/El Rabal, 1
02400 Hellín (Albacete)
Tlf: 967541500