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Solicitud de Subvenciones de Actividades y Proyectos Culturales en torno a la Semana Santa de Hellín

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Solicitud de Subvenciones de Actividades y Proyectos Culturales en torno a la Semana Santa de Hellín

Desde el día 09/04/2026 hasta el día 09/06/2026

Instrucciones generales para la presentación de la instancia

FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD:

Si el solicitante dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico, puede presentar esta solicitud a través de la Sede Electrónica.

Si el solicitante no dispone de firma electrónica o DNI electrónico, podrá:

  • solicitar la Firma Electrónica (Certificado Digital de persona física) a través de la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, el cuál le permitirá relacionarse electrónicamente con las distintas administraciones públicas (https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica).
  • realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de correo electrónico, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez registrada la solicitud (a falta de firmarla), deberá acudir al Registro del Ayuntamiento de Hellín con su DNI o documento equivalente en el plazo máximo de 5 días para firmarla.
  • realizar la solicitud en el Servicio de Atención Integral al Ciudadano (SAIC) del Ayuntamiento de Hellín, aportando su DNI y la documentación necesaria.

Si el solicitante dispone de una dirección de correo electrónico, podrá hacerlo constar en sus solicitudes a los efectos de la tramitación de la solicitud, pudiendo tener constancia de la presentación de su solicitud y tramitación de la misma.

Una vez cumplimentada la firma por alguno de los medios señalados, se entenderá que el documento registrado constituye solicitud de iniciación de procedimiento administrativo en los términos del artículo 66 de la Ley 39/2015. Así pues, quedará registrado electrónicamente y no será necesario aportar la solicitud presencialmente.

Instrucciones específicas

Beneficiarias:

  1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las personas físicas o jurídicas (sociedades, asociaciones, fundaciones, cooperativas, y otras entidades con o sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente), que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en la convocatoria, y que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Página 2 de 13 2 Subvenciones, y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  2. Asimismo, podrán acceder a la condición de beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos, o que se encuentren en la situación que motiva la concesión.
  3. En estos casos se deberá hacer constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada persona miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada una de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. En cualquier caso, deberá nombrarse una persona, representante o apoderada única de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación.

REQUISITOS:

A. Que el solicitante sea Asociación o colectivo de tipo cultural, o bien cofradía o hermandad de Semana Santa del municipio de Hellín, debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones en la fecha de aprobación de las presentes bases.

B. Adoptar el compromiso de financiar el resto del coste del proyecto que complemente a la subvención otorgada.

C. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente.

DOCUMENTACIÓN:

Las solicitudes para acceder a la convocatoria deberán formularse conforme al modelo de impreso que figura en el Anexo I de las presentes bases, acompañada de la documentación que en el siguiente epígrafe se relaciona.

  • Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante.
    • Certificado acreditativo de la condición que ostenta la persona física que suscribe la solicitud y fotocopia del N.I.F.
    • Fotocopia del C.I.F. de la Entidad. B.
  • Proyecto.
  • Presupuesto de gastos desglosado.
  • Presupuesto de ingresos desglosado.

TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN:

Finalizado el plazo y, en el periodo mínimo de una semana, los servicios municipales elaborarán una lista de admitidos y excluidos, que será aprobada por Resolución de la Alcaldía, y hecha pública mediante anuncio, concediendo respecto de las solicitudes que no reúnen los requisitos establecidos en estas bases, un plazo de diez días hábiles para la subsanación de la solicitud, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la LPACA.

INFORMACIÓN ADICIONAL:

Para cualquier aclaración o duda, pueden dirigirse a Secretaría del Ayuntamiento de Hellín (C/ El Rabal, 1), presencialmente o a través del teléfono 967541500, antes de la presentación de la solicitud.

NORMATIVA:

En lo no previsto expresamente en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Hellín, y en su defecto a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones y demás disposiciones vigentes de aplicación.

Contacto

Secretaría (Ayuntamiento de Hellín)

C/El Rabal, 1

02400 Hellín (Albacete)

Tlf: 967541500

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE HELLÍN - P0203700J
Calle El Rabal, 1
Hellín (02400)
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