Las solicitudes irán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Hellín y se presentará conforme a los anexos, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Hellín o por cualquiera de los medios previstos del artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 30 días naturales, contados a partir del siguiente día a su publicación en el B.O.P. de Albacete.
La presente solicitud puede ser realizada por los interesados que cumplan los requisitos según las bases de la convocatoria.
Si el solicitante dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico, puede presentar esta solicitud a través de la Sede Electrónica.
Si el solicitante no dispone de firma electrónica o DNI electrónico, podrá:
Si el solicitante dispone de una dirección de correo electrónico, podrá hacerlo constar en sus solicitudes a los efec.tos de la tramitación de la solicitud, pudiendo tener constancia de la presentación de su solicitud y tramitación de la misma.
Una vez cumplimentada la firma, se entenderá que el documento registrado constituye solicitud de iniciación de procedimiento administrativo en los términos del artículo 66 de la Ley 39/2015. Así pues, quedará registrado electrónicamente y no será necesario aportar la solicitud presencialmente.
Toda la información en el documento "BASES DE LA CONVOCATORIA".
Podrán acceder a estas ayudas de becas los deportistas de capacidades diferentes, que estén empadronados, sean residentes y/o nacidos en Hellín, integrantes en clubes deportivos sin ánimo de lucro y legalmente constituidos (excepto aquellas modalidades deportivas que el participante sea independiente), inscritos en el Registro de Asociaciones y Clubes Deportivos de Castilla-La Mancha u otros clubes deportivos fuera de la región que los deportistas por su proyección deportiva
Se valorará aquellos deportistas que compitan en un club de Hellín. La edad comprendida para ser beneficiario de esta subvención en su área de deporte en edad escolar será de 8 a 17 años y en el área de alto rendimiento de 18 años en adelante.
Los deportistas tienen que estar federados y desarrollar su actividad a nivel provincial, regional y/o nacional.
1. La solicitud cumplimentada (ANEXO I)2. Ficha de terceros cumplimentada en el formulario disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Hellín.3. Memoria de actividades de años anteriores para evaluar su continuidad.4. Certificación de la respectiva Federación Territorial desde Agosto 2025 a Julio 2026.5. Declaración del solicitante de que los datos para acogerse a esta subvención son ciertos. (ANEXO II)6. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones que impidan obtener la condición de beneficiario, señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de subvenciones, sujeto al modelo propuesto (ANEXO III)7. Certificado expedido por el órgano competente de hallarse al corriente de pago en sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.8. Documentación justificativa de estar empadronado, residente y/o nacido en la localidad de Hellín.9. Resoluciones de concesiones emitidas por los organismos competentes oficiales de la diputación, Junta de comunidades u otras subvenciones con las cuantías (en caso de no haber recibido ninguna reflejarlo en un documento firmado por los Organismos Competentes).
Para cualquier aclaración o duda, pueden dirigirse a Secretaría del Ayuntamiento de Hellín (C/ El Rabal, 1), presencialmente o a través del teléfono 967541500, antes de la presentación de la solicitud.
En lo no previsto expresamente en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Hellín, y en su defecto a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones y demás disposiciones vigentes de aplicación.
Secretaría (Ayuntamiento de Hellín)
C/El Rabal, 1
02400 Hellín (Albacete)
Tlf: 967541500