Para poder firmar la solicitud telemáticamente (si dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico) deberá tener instalado el componente Firma Dipualba (descargar aquí).
La presente solicitud puede ser realizada por cualquier pareja que desee celebrar el matrimonio civil en el Ayuntamiento de Hellín ante el/la alcalde/sa o concejal/a en quien se delegue.
Los interesados pueden indicar el nombre del miembro específico de la Corporación Municipal que deseen que actúe como autoridad municipal.
Es requisito indispensable haber tramitado y recibido previamente la pertinente autorización del Registro Civil.
La solicitud deberá presentarse al Ayuntamiento de Hellín como mínimo quince días hábiles antes de la fecha elegida para su celebración, aportando la documentación exigida que se indica más adelante. Se deberá consultar en el Ayuntamiento la disponibilidad de la fecha deseada antes de realizar la solicitud.
Si el solicitante dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico, puede presentar esta solicitud a través de la Sede Electrónica.
Si el solicitante no dispone de firma electrónica o DNI electrónico, podrá:
Si los solicitantes disponen de una dirección de correo electrónico, podrán hacerlo constar en sus solicitudes a los efectos de la tramitación de la solicitud, pudiendo tener constancia de la presentación de su solicitud y tramitación de la misma.
Una vez realizado el pago de la tasa y cumplimentada la firma por alguno de los medios señalados, se entenderá que el documento registrado constituye solicitud de iniciación de procedimiento administrativo en los términos del artículo 66 de la Ley 39/2015. Así pues, quedará registrado electrónicamente y no será necesario aportar la solicitud presencialmente.
Para realizar esta solicitud se deben tener en cuenta los siguientes puntos:
Para realizar el pago de la tasa, se puede optar entre Pago manual o Pago electrónico:
Para cualquier aclaración o duda, pueden dirigirse a Secretaría del Ayuntamiento de Hellín (C/ El Rabal, 1), presencialmente o a través del teléfono 967541500, antes de la presentación de la solicitud.
El lugar físico de celebración de la boda ha de ser siempre las instalaciones municipales destinadas al efecto cuando la boda la oficie el Alcalde o Concejal.
En ningún caso se podrán celebrar bodas en otros lugares como: restaurantes, fincas, o casas particulares.
Ante todo, se ruega la máxima puntualidad.
Tras todo esto, se dará por finalizado el acto.
Cabe la opción de amenizar la ceremonia con música, que correrá a cargo de los contrayentes.
Secretaría (Ayuntamiento de Hellín)
C/El Rabal, 1
02400 Hellín (Albacete)
Telf.: 967541500