La presente solicitud sólo puede ser realizada por personas físicas que deseen realizar un cambio de domicilio en el padrón de habitantes del municipio de Hellín.
Los vecinos tienen la obligación de comunicar al Ayuntamiento las variaciones en sus circunstancias personales en la medida en que impliquen una modificación de los datos que deben figurar en el padrón municipal de habitantes con carácter obligatorio. Cuando la variación afecte a menores de edad o incapacitados esta obligación corresponde a sus padres o tutores. (Art. 68 RD 1690/1986, del Reglamento de Población y Demarcación Territorial. Se modifica por el artículo único.1 del Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-1997-810).
Si el solicitante dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico, puede presentar esta solicitud a través de la Sede Electrónica.
Si el solicitante no dispone de firma electrónica o DNI electrónico, podrá:
Si los solicitantes disponen de una dirección de correo electrónico, podrán hacerlo constar en sus solicitudes a los efectos de la tramitación de la solicitud, pudiendo tener constancia de la presentación de su solicitud y tramitación de la misma.
Una vez cumplimentada la firma por alguno de los medios señalados, se entenderá que el documento registrado constituye solicitud de iniciación de procedimiento administrativo en los términos del artículo 66 de la Ley 39/2015. Así pues, quedará registrado electrónicamente y no será necesario aportar la solicitud presencialmente.
Para ciudadanos extranjeros comunitarios es imprescindible aportar una documentación acreditativa con fotografía (pasaporte, carné de identidad de su país o documento similar), así como el certificado de registro como ciudadano de la Unión Económica Europea o NIE.
Los ciudadanos extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente deberán renovar su inscripción periódicamente cada dos años aun cuando no se haya producido ningún cambio en sus circunstancias personales; de no hacerlo, se le dará de baja en el padrón. Los ciudadanos extranjeros comunitarios deberán renovar su inscripción cada cinco años.
Se debe aportar la siguiente documentación:
Para cualquier aclaración o duda, pueden dirigirse al Padrón de Habitantes situado en la oficina del Servicio de Atención Integral al Ciudadano (SAIC) presencialmente o a través del teléfono 967541500 (Extensión: 3030), antes de la presentación de la solicitud.
Servicio de Atención Integral al Ciudadano (SAIC) - Ayuntamiento de Hellín
Plaza de la Iglesia, 8
02400 Hellín (Albacete)