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Solicitud de Inscripción de Contratos Reguladores de las Relaciones Personales o Patrimoniales (Uniones de Hecho)

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Solicitud de Inscripción de Contratos Reguladores de las Relaciones Personales o Patrimoniales (Uniones de Hecho)

Instrucciones generales para la presentación de la instancia

La presente solicitud constituye la iniciación del procedimiento de solicitud de inscripción de contratos reguladores de las relaciones personales o patrimoniales (uniones de hecho) en el Registro de Uniones Civiles del Ayuntamiento de Hellín, de conformidad con el acuerdo adoptado por el pleno municipal en sesión de fecha 31 de enero del año 2000.

Si el solicitante dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico, puede presentar esta solicitud a través de la Sede Electrónica.

Si el solicitante no dispone de firma electrónica o DNI electrónico, podrá:

  • solicitar la Firma Electrónica (Certificado Digital de persona física) a través de la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, la cual le permitirá relacionarse electrónicamente con las distintas administraciones públicas (https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica).
  • realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de correo electrónico, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez registrada la solicitud (a falta de firmarla), deberá acudir al Registro del Ayuntamiento de Hellín con su DNI o documento equivalente en el plazo máximo de 5 días para firmarla.
  • realizar la solicitud en el Servicio de Atención Integral al Ciudadano (SAIC) del Ayuntamiento de Hellín, aportando su DNI y la documentación necesaria.

Una vez cumplimentada la firma por alguno de los medios señalados, se entenderá que el documento registrado constituye solicitud de iniciación de procedimiento administrativo en los términos del artículo 66 de la Ley 39/2015. Así pues, quedará registrado electrónicamente y no será necesario aportar la solicitud presencialmente.

A continuación se informa de para qué sirven los registros municipales de parejas de hecho:

  1. Como prueba para ejercer de derecho de subrogación en el contrato de vivienda en caso de que un miembro de la pareja y titular del mismo fallezca o desee desistir del contrato. Así se evitarán situaciones de desahucio o realización de nuevo contrato y la consiguiente subida de alquiler para la pareja sobreviviente en caso de muerte del titular.
  2. En caso de convenios laborales que ofrezcan derechos y beneficios a las parejas de hecho, ejemplo: 15 días por matrimonio, muerte, enfermedad.
  3. Sirven también para pedir el derecho de prestación sanitaria para la pareja que esté a cargo de una asegurado/a de la Seguridad Social.
  4. Servir como medio de prueba para poder alegar la circunstancia de la relación de convivencia ante situaciones jurídicas adversas.
  5. Se debe favorecer desde la Administración Municipal un instrumento jurídico que favorezca la igualdad y garantice la protección social, económica y jurídica de las familias constituidas mediante uniones no matrimoniales.
  6. El despliegue de las leyes tendrá un mayor apoyo social si estos núcleos familiares de hecho ya existen están recogidos en algún tipo de registro que puedan dar constancia real de su realidad social así como la voluntad que les reconozcan aquellos derechos que en el presente les están vedados.

Instrucciones específicas

La solicitud debe ser realizada por el interesado o por medio de un representante, legal o voluntario, que lo represente, aportando acreditación de dicha representación.

Para poder realizar la solicitud, cada uno de los interesados debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser mayor de edad o menor emancipado.
  2. No tener incapacitación alguna que impida emitir el consentimiento necesario para llevar a cabo la solicitud de inscripción en el Registro de Uniones de Hecho.
  3. No tener relación de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta o colateral en segundo grado con el otro interesado.
  4. No existir vínculo matrimonial subsistente.
  5. Estar empadronado en el municipio de Hellín desde hace al menos un año.

Junto a la solicitud debidamente cumplimentada y firmada por los dos miembros de la Unión de Hecho, se deberá aportar la siguiente documentación:

  1. Documentos de Identificación Personal (DNI/NIE/Pasaporte)
  2. Certificados o Fe de Estado Civil (Facilitado por el Registro Civil)

La solicitud será tramitada por el departamento correspondiente, quien citará a los miembros de la pareja en lugar, día y hora para efectuar la inscripción. La pareja podrá solicitar, en el momento de concretar esta fecha, la presencia durante el acto de inscripción en este Registro de un miembro de la Corporación Municipal.

Para la realización de la inscripción se exige la comparecencia de los dos miembros de la Unión de Hecho como mecanismo que garantiza el consentimiento de las partes. Se realizará personalmente o mediante apoderado con poder especial, y en el acto se presentará el documento de identificación personal.

El Ayuntamiento resolverá la inscripción en el plazo máximo de un mes.

Solamente podrán solicitar un certificado del Registro Municipal de Uniones de Hecho los miembros de la pareja inscrita o Jueces o Tribunales.

La baja en el Registro Municipal de Uniones de Hecho podrá ser solicitada conjunta o separadamente por los miembros de la correspondiente Unión de Hecho.

Contacto

Estadística / Padrón de habitantes - Ayuntamiento de Hellín

C/El Rabal, 1

02400 Hellín (Albacete)

Telf.: 967541500

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE HELLÍN - P0203700J
Calle El Rabal, 1
Hellín (02400)
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