La presente solicitud puede ser realizada por aquellas personas trabajadoras autónomas y microempresas cualquiera que sea su forma jurídica que tengan su domicilio fiscal y dispongan de al menos un local abierto al público en el municipio de Hellín incluida cualquiera de sus pedanías, que cumplan los requisitos previstos en la norma sexta de las presentes bases reguladoras.
Si el solicitante dispone de certificado de firma electrónica o DNI electrónico, puede presentar esta solicitud a través de la Sede Electrónica.
Si el solicitante no dispone de firma electrónica o DNI electrónico, podrá:
Si los solicitantes disponen de una dirección de correo electrónico, podrán hacerlo constar en sus solicitudes a los efectos de la tramitación de la solicitud, pudiendo tener constancia de la presentación de su solicitud y tramitación de la misma.
Una vez cumplimentada la firma por alguno de los medios señalados, se entenderá que el documento registrado constituye solicitud de iniciación de procedimiento administrativo en los términos del artículo 66 de la Ley 39/2015. Así pues, quedará registrado electrónicamente y no será necesario aportar la solicitud presencialmente.
Toda la información de la convocatoria se encuentra disponible en la documentación "BASES DE LA CONVOCATORIA".